Un tribunal federal determinó echar abajo las indagatorias que por tres años integró la Fiscalía Anticorrupción de Sonora contra el ex gobernador Guillermo Padrés Elías.

2018
Tribunal hecha abajo investigaciones de la FAS contra Guillermo Padrés
     

Un tribunal federal determinó echar abajo las indagatorias que por tres años integró la Fiscalía Anticorrupción de Sonora contra el ex gobernador Guillermo Padrés Elías.

Según publica Reforma, al declararse inconstitucional la Fiscalía Anticorrupción de Sonora, el primer tribunal colegiado en materia penal y administrativa de Hermosillo determinó en forma definitiva que ese organismo ya no puede investigar al ex gobernador y anuló todas las indagatorias que en su contra se integraron.

A Padrés se le indagaba por delitos del fuero común y si la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora (FGJES) todavía quiere fincarle responsabilidad al ex gobernador y a sus presuntos cómplices, tendrá que comenzar de cero.

La dependencia ya no deberá considerar ningún documento, testimonio, peritaje, cateo, aseguramiento o prueba diversa que obtuvo o diligenciada en los últimos tres años por la Fiscalía Anticorrupción sonorense.

El primer tribunal colegiado invalidó todas las actuaciones de las cinco investigaciones de esa Fiscalía contra Padrés, según la versión pública de la sentencia del amparo en revisión 194/2017, que se difundió la semana pasada y de la que da cuenta Reforma.

"No fue correcto lo planteado por el Juez de Distrito al avalar el contenido de las averiguaciones previas (...)

"En este orden de ideas, los acuerdos, diligencias o determinaciones emitidas por los agentes del Ministerio Público especializados en la llamada Fiscalía Anticorrupción que tengan fundamento directo en el decreto declarado inconstitucional, deben declararse nulas", resolvió el colegiado.

La determinación se justifica en cuanto a que si la Fiscalía era producto de un decreto inconstitucional, “por haber sido publicado el 28 de septiembre de 2015, antes de que el Congreso de la Unión emitiera las leyes generales del Sistema Anticorrupción, entonces sus investigaciones también debían ser invalidadas”, señala Reforma.

El juez en primera instancia sostuvo que debían de prevalecer las investigaciones contra Padrés, porque los investigadores actuaran bajo la figura del Ministerio Público, que tiene la facultad de indagar delitos, la cual no está supeditada a la implementación del Sistema Nacional Anticorrupción.

Pero el colegiado sostuvo que, dada la autonomía funcional y técnica de las unidades administrativas de la Procuraduría de Sonora, los agentes del Ministerio Público sólo podían conocer de los asuntos sobre los cuales tienen competencia por especialidad, como en este caso es la materia de combate a la corrupción.

Este fallo fue votado por unanimidad por los magistrados Juan Manuel García Figueroa, Mario Toraya y Gabriel Alejandro Palomares Acosta.

El amparo fue presentado por Padrés contra el aseguramiento de una casa en la zona rural de San Pedro El Saucito, cerca de Hermosillo, afirmando que era consecuencia de un cateo y una indagatoria ilegal.

Uniradio Noticias.