Un nuevo privilegio tendrá personal del Poder Judicial, ya que podrán solicitar licencia por nacimiento o adopción de un niño, la cual les dará el privilegio de 3 meses de licencia con goce de sueldo, a pesar de que según la Ley Federal del Trabajo, le da tan solo cinco días con goce de sueldo, al resto de los mexicanos.

2021-09-09
Hasta 9 meses de licencia otorgarán a personal del Poder Judicial, por paternidad o adopción
     

Los miembros del Poder Judicial de la Federación ya podrán solicitar licencia de paternidad, anunció este miércoles el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar.

"He propuesto al Consejo de la Judicatura Federal, al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y he autorizado para que se haga aquí en la Suprema Corte, por primera vez en la historia, las licencias de paternidad", comentó en conferencia de prensa.

"Esta licencia será de tres meses pagada, que se puede ejercer en un periodo de nueve meses a partir del nacimiento o de la adopción de la niña o el niño. Es una medida (...) de una enorme trascendencia y una medida que generará un México distinto y que espero que sirva de ejemplo para que otras instituciones públicas y privadas avancen en esta agenda", dijo.

El ministro Zaldívar destacó que esta autorización forma parte de los avances que se han logrado en materia de igualdad de género, con el objetivo de "permitir a los hombres vivir su paternidad de manera plena". 

En México, la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 132 fracción XXVII bis, establece la obligación de otorgar una licencia de paternidad de cinco días laborales con goce de sueldo a los hombres trabajadores por el nacimiento de sus hijos, al igual que en el caso de adopción.

Los días de descanso se cuentan a partir del día de nacimiento o, en su caso, cuando reciba al menor adoptado.